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Encuestas en redes sociales bajo la lupa del Tribunal Electoral

En Política
21 de mayo de 2023
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Tribunal Electoral señala que ya se encuentra preparando y remitiendo los casos detectados.

Eva Pérez / publicidadentremes@gmail.com

De cara a las Elecciones Generales del 5 de mayo de 2024, el Tribunal Electoral ha observado una gran proliferación de encuestas en las redes sociales, obviando el cumplimiento de la normativa pertinente.

La institución hace de conocimiento público que ya se encuentra preparando y remitiendo los casos detectados, que contravienen las normas a los juzgados administrativos electorales para que se deslinden las responsabilidades correspondientes.

Quienes incumplan estas normas se exponen a las sanciones previstas en el Código Electoral, señala TE.

Mencionan que el artículo 293 del Código Electoral dice que: “Toda persona natural o jurídica que pretenda realizar encuestas, análisis, pronósticos o estudios similares con el objeto de publicarlos o divulgarlos por cualquier medio y cuyo fin sea reflejar las preferencias políticas o electorales de la población, deberá registrarse previamente y actualizar el registro anual en el Tribunal Electoral”.

Igualmente que “al momento de la divulgación las encuestadoras deberán poner el título Las encuestas son estudios de opinión sujetos a no reflejar la certeza de los resultados”.

Por otra parte, el TE recordó a los medios de comunicación que está obligado a requerir al solicitante, antes de proceder a la publicación de la encuesta, la constancia de que cumple con el registro y la ficha técnica previstos en los artículos 293 y 295.

Recalca que el Código Electoral establece que, para la divulgación de sondeos en línea o informales, en muestras estadísticamente no representativas, no se requiere el registro a que hace alusión el artículo 293 del Código Electoral, siempre que exprese de forma destacada, que es un estudio no científico.

  • Advierten que se sancionará con multa de veinticinco mil balboas (B/.25,000.00) a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00) a las personas y los medios de comunicación tradicionales y digitales que violen lo dispuesto en los artículos 293, 295, 298, 300 y 301 y Si hay reincidencia, el monto de la sanción se duplicará.

De igual manera, a petición de parte, se sancionará a las personas que elaboren encuestas alterando la información encuestada o que carezcan de sustento real y científico, y se hayan publicado o divulgado en cualquier medio de difusión. Además, se inhabilitarán para elaborar sondeos de opinión en el siguiente evento electoral, incluyendo a sus directores, dignatarios y accionistas.

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